Andalucía
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Artículo publicado por Cristóbal Francisco Fábrega Ruiz, coordinador del grupo local de Jaén, el día 8 de diciembre en el Diario Jaén.

Mucho antes de la Declaración de los Derechos del Hombre de 1789, España ya había reconocido en su legislación la existencia de derechos consustanciales e inalienables para todos los hombres. Y en ello tuvo mucho que ver el encuentro de los españoles con las tierras del continente americano en 1492. No podemos cegarnos con esa leyenda negra que, fruto de la propaganda anglosajona, reduce el descubrimiento a una mera y cruel conquista.
Los grandes abusos cometidos por los conquistadores movieron a la reflexión sobre los aspectos más inadmisibles de la política colonialista, por lo que la Corona española promovió un relativo respeto hacia los derechos de los habitantes nativos. Con ello realizaron un cuerpo doctrinario que puede considerarse antecedente de lo que hoy llamamos derechos humanos.
Isabel la Católica fue la primera persona que se preocupó por los derechos de los indios: determinó que seguirían siendo los propietarios de las tierras que les pertenecían con anterioridad a la llegada de los españoles y dictó un decreto prohibiendo la esclavitud. La última voluntad de la Reina Isabel en 1504 fue: “… y no consientan ni den lugar a que los indios vecinos y moradores de las dichas Islas, y Tierra Firme, ganados y por ganar, reciban agravio alguno en sus personas y bienes, mas manden, que sean bien y justamente tratados, y si algún agravio han recibido, lo remedien y provean de manera, …”.
Este testamento fue el punto de arranque de las llamadas Leyes de Indias. A título individual religiosos como Bartolomé de las Casas reflejarán también esta postura: «De todos los hombres y de cada uno de ellos es una no más la definición, y ésta es que son racionales; todos tienen su entendimiento y su voluntad y su libre albedrío como sean formados a la imagen y semejanza de Dios.»
La llamada Escuela de Salamanca, con Francisco de Vitoria a la cabeza, jugó un papel determinante en esta labor de sensibilización. Reconoció a los indios sus derechos, como el de igualdad o de libertad y, en consecuencia, también el derecho a la propiedad de sus tierras o el de rechazar la conversión por la fuerza, ya que ello iría contra de su libertad de conciencia.
Las Leyes de Burgos establecían que los indios son libres y deben ser tratados como tales. Tienen obligación de trabajar de modo que sea de provecho para ellos y para la república. El trabajo debe ser conforme a su constitución, de modo que lo puedan soportar, y ha de ir acompañado de sus horas de distracción y de descanso. Han de tener casas y haciendas propias, y deben tener tiempo para dedicarlas a su cultivo y mantenimiento. Han de tener contacto y comunicación con los cristianos y deben recibir un salario justo por su trabajo. El indio es un hombre libre con todos los derechos de propiedad y no puede ser explotado. Las leyes prohibieron la aplicación de todo castigo a los indios y las mujeres embarazadas de más de cuatro meses eran eximidas del trabajo.
Toda esta legislación está considerada como la predecesora de los Derechos Humanos. El rey Carlos I convocó en 1540 una junta de la Universidad de Salamanca, encabezada por Francisco de Vitoria que defendió la existencia de unos derechos universales de todos los seres humanos que ninguna persona podía eliminar.
A pesar de su difícil aplicación, estas leyes constituyeron el primer cuerpo legislativo de carácter universal, siendo consideradas como la primera declaración de Derechos Humanos. Nuestro país tuvo la suerte de ser el primero que se planteó la igualdad de todos los hombres. Podemos sentirnos orgullosos.