Castilla y León
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RECOMENDACIONES PARA EL ANTEPROYECTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA DE CASTILLA Y LEÓN

El Área de Investigación de Amnistía Internacional Castilla y León ha elaborado una serie de recomendaciones para mejorar el anteproyecto de Ley de transparencia, acceso a la información pública y su reutilización de la Comunidad de Castilla y León.

Desde Amnistía Internacional Castilla y León celebramos la iniciativa de la Junta de Castilla y León para la elaboración una nueva ley de transparencia que garantice el acceso a la información de toda la ciudadanía. El derecho de acceso a la información es un derecho fundamental reconocido por la legislación internacional, por Constituciones y leyes de todo el mundo.

Para garantizar la efectividad del derecho al acceso de la información, Amnistía Internacional recomienda que las leyes de transparencia se basen en los estándares de la organización Coalición Pro Acceso. Entre esos estándares se encuentran algunos como: la aplicación del derecho de acceso a la información a  las entidades públicas y privadas que realicen funciones públicas o la necesidad de garantizar que la realización de solicitudes de información por parte del ciudadano sea sencilla, rápida y gratuita.

De esta forma, hemos presentado a la Junta un documento explicativo con los cambios que proponemos para cinco artículos del anteproyecto de la ley de transparencia para Castilla y León:

  • En el anteproyecto de ley se señala que aquellas entidades privadas que reciban más de 50.000 € de fondos públicos o que cuyos ingresos desde fondos públicos superen el 40% de sus ingresos totales sean las obligadas al deber de transparencia. Desde Amnistía entendemos que esto puede beneficiar a grandes entidades y perjudicar a pequeñas. Por ello proponemos extender la obligación de transparencia a un mayor número de entidades privadas que reciben fondos públicos. Por ejemplo, todas aquellas que reciban más de 5.000 € anuales.
  • Se establece, en el anteproyecto, que se han de publicar todos los contenidos “relevantes” de la toma de decisiones de la actuación pública. En cambio, proponemos definir claramente qué se entiende por información “relevante”.
  • Recomendamos incluir dentro de esta información relevante toda la información auxiliar como notas, borradores, opiniones o informes internos que formen parte de los procesos de toma de decisiones en la administración pública. La información auxiliar es imprescindible para entender y seguir el proceso de toma de decisiones
  • También se recomienda incorporar la previsión de que la Ley de transparencia actuará, en todos los casos como normativa supletoria.
  • La lista de excepciones al derecho de acceso a la información es acorde con los estándares internacionales. Sin embargo, atendiendo al Consejo de Europa, es necesario aclarar que “cuando la causa para no publicar deje de existir deberá publicarse la información o establecerse un límite de tiempo para que deje de ser información no publicable”.
  • En el anteproyecto de ley se incorpora un artículo que limita totalmente la posibilidad de presentar una reclamación en relación con informaciones procedentes de determinadas entidades dependientes de fundaciones públicas como consorcios, fundaciones, etc. Esto implica, una desprotección del derecho claramente contraria a los estándares internacionales. Atendiendo a estos estándares todos los poderes públicos, sin distinciones, están obligados a proporcionar información pública y garantizar el derecho de acceso a información de todas las personas. De este modo, proponemos la eliminación total del artículo que suprime el derecho a presentar una reclamación en determinadas entidades.

Aquí puedes leer el documento completo: Observaciones sobre el Borrador de anteproyecto de Ley de transparencia, acceso a la información pública y su reutilización de la Comunidad de Castilla y León.