Comunidad Valenciana
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DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS SEXUALES   Con motivo de la reunión mantenida el 27 de febrero por el director de Amnistía Internacional, Esteban Beltrán, con la vicepresidenta, portavoz y consejera de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalidad Valenciana, Mónica Oltra, sobre violencia sexual y acoso escolar, dedicamos esta entrada de nuestro Blog a […]

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS SEXUALES

 

Con motivo de la reunión mantenida el 27 de febrero por el director de Amnistía Internacional, Esteban Beltrán, con la vicepresidenta, portavoz y consejera de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalidad Valenciana, Mónica Oltra, sobre violencia sexual y acoso escolar, dedicamos esta entrada de nuestro Blog a recordar que la sexualidad es un derecho humano avalado por la Declaración Universal de los Derechos Sexuales.

Prácticamente en todo el mundo se conocen y se habla de los Derechos Humanos (se respeten o no). Pero, ¿se conocen los derechos sexuales y que existe una Declaración Universal de los Derechos Sexuales[1]?

Porque la sexualidad es un derecho humano[2]. “La sexualidad es una parte integral de la personalidad de todo ser humano. Su desarrollo pleno depende de la satisfacción de las necesidades humanas básicas como el deseo de contacto, intimidad, expresión emocional …”[3].

Declaración del 13ª Congreso Mundial de Sexología, 1997, Valencia, España revisada y aprobada por la Asamblea General de la Asociación Mundial de Sexología, WAS[4], el 26 de agosto de 1999, en el 14º Congreso Mundial de Sexología, Hong Kong, República Popular China. En 2018 en Barcelona tuvo lugar el XIV Congreso Español de Sexología[5].

Los derechos sexuales deben ser reconocidos y respetados por todas las sociedades con el fin de que las personas desarrollen una sexualidad saludable. Son los siguientes:

1. El Derecho a la Libertad Sexual

La libertad sexual abarca la posibilidad de los individuos de expresar su potencial sexual. Sin embargo, esto excluye todas las formas de coerción sexual, explotación y abuso en cualquier tiempo y situaciones de la vida.

2. El Derecho a la Autonomía Sexual, Integridad Sexual y Seguridad del Cuerpo Sexual

Este Derecho involucra la habilidad de tomar decisiones autónomas

sobre la vida sexual de uno dentro de un contexto de la propia ética personal y

social. También incluye el control y el placer de nuestros cuerpos libres de

tortura, mutilación y violencia de cualquier tipo.

3. El Derecho a la Privacidad Sexual

Este involucra el derecho a tomar decisiones individuales y conductas sobre la intimidad siempre que ellas no interfieran en los derechos sexuales de otros.

4. El Derecho a la Equidad Sexual

Este derecho se refiere a la oposición a todas las formas de discriminación, independientemente del sexo, género, orientación sexual, edad, raza, clase social, religión o invalidez física o emocional.

5. El Derecho al Placer Sexual

El placer sexual incluyendo el autoerotismo, es una fuente de bienestar físico, psicológico, intelectual y espiritual.

6. El Derecho a la Expresión Sexual Emocional

La expresión sexual es más que el placer erótico en los actos sexuales. Cada individuo tiene derecho a expresar su sexualidad a través de la comunicación, el contacto, la expresión emocional y el amor.

7. El Derecho a la Libre Asociación Sexual

Significa la posibilidad de casarse o no, de divorciarse y de establecer otros tipos de asociaciones sexuales.

8. El Derecho a Hacer Opciones Reproductivas, Libres y Responsables

Esto abarca el Derecho para decidir sobre tener niños o no, el número y el tiempo

entre cada uno, y el derecho al acceso a los métodos de regulación de la

fertilidad.

9. El Derecho a Información Basada en el Conocimiento Científico

La información sexual debe ser generada a través de un proceso científico y ético y

difundido en formas apropiadas en todos los niveles sociales.

10. El Derecho a la Educación Sexual Comprensiva

Este es un proceso que dura toda la vida, desde el nacimiento y debería involucrar a todas las instituciones sociales.

11. El Derecho al Cuidado de la Salud Sexual

El cuidado de la salud sexual debe estar disponible para la prevención y el tratamiento de todos los problemas, preocupaciones y desórdenes sexuales.

Con anterioridad, La OMS convocó la primera reunión de expertos en sexología en 1975[6], aunque no se aludía de forma explícita a derechos sexuales, éstos estaban presentes en sus recomendaciones. Tras el congreso de sexología, la OMS en su documento “Promoción de la salud sexual. Recomendaciones para la acción” (2000)[7] ya habla de forma explícita de derechos sexuales.

Desde entonces, desde la comunidad científica se trabaja para que en el mundo se instauren políticas proactivas con los derechos sexuales.

“A millones personas se les impide ejercer estos derechos o son perseguidas si se atreven a hacerlo […] La falta de control sobre el propio cuerpo y la sexualidad tiene un tremendo impacto especialmente en la vida de las mujeres y las niñas pero también se ceba con las personas gays, lesbianas, transgénero, bisexuales o intersexuales”[8].

Es conveniente que lo recordemos, puesto que queda mucho camino por delante y, especialmente, para acallar las voces que identifican “Educación Sexual” con “adoctrinamiento”, que tal vez no sepan que uno de los derechos sexuales es el derecho a la información “basada en el conocimiento científico”.

EQUIPO COMUNICACIÓN AMNISTÍA INTERNACIONAL COMUNIDAD VALENCIANA

Emma Sopeña Balordi

Enlaces consultados 25-2-2020

https://portalacademico.cch.unam.mx/repositorio-de-sitios/experimentales/psicologia2/pscII/MD2/MD2-L/ASPS/derechos%20sexuales.pdf

OMS publicaciones sobre salud y derechos sexuales

https://www.who.int/reproductivehealth/publications/gender_rights/es/

https://www.paho.org/hq/index.php?option=com_content&view=article&id=397:2008-promotion-sexual-health-recommendations-action&Itemid=1574&lang=es

[1] http://blogs.murciasalud.es/edusalud/files/2012/02/Decl.Univ_.Derechos-sexuales-Valencia.pdf

[2] https://www.elmundo.es/yodonablogs/2006/02/07/sexo/1139307120.html

[3] http://blogs.murciasalud.es/edusalud/files/2012/02/Decl.Univ_.Derechos-sexuales-Valencia.pdf

[4]http://www.joveneslectores.sems.gob.mx/extras/interactivos/sexualidad/doc/Derechos_sexuales.pdf

https://www.espill.org/wp-content/uploads/2016/01/Derechos-Sexuales-1997.pdf

[5] https://www.copc.cat/es/noticias/624/XIV-Congreso-Espanol-de-Sexologia-y-VIII-Encuentro-Iberoamericano-de-Profesionales-de-la-Sexologia

[6] https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/274656/9789243512884-spa.pdf

[7] http://iris.paho.org/xmlui/handle/123456789/51672

[8] https://www.es.amnesty.org/en-que-estamos/temas/derechos-sexuales-reproductivos/