Comunidad Valenciana
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Estamos en las rebajas de enero y nos lanzamos a comprar esos productos que han rebajado su precio o están en oferta. Pero ¿en algún momento nos hemos preguntado quién ha realizado ese objeto, esa prenda tan bonita o tan barata? ¿Cuánto ha costado realmente? ¿Quién gana dinero en ese proceso? Al margen del proceso […]

Estamos en las rebajas de enero y nos lanzamos a comprar esos productos que han rebajado su precio o están en oferta. Pero ¿en algún momento nos hemos preguntado quién ha realizado ese objeto, esa prenda tan bonita o tan barata? ¿Cuánto ha costado realmente? ¿Quién gana dinero en ese proceso?

Al margen del proceso productivo convencional, sujeto a las normas y leyes nacionales e internacionales de los mercados, se desarrolla el trabajo forzoso, que está íntimamente ligado al tráfico humano y a la esclavitud.

El trabajo forzoso es distinto a las condiciones de trabajo explotadoras o por debajo de la norma. Diversos indicadores pueden ser utilizados para determinar cuándo una situación equivale a trabajo forzoso, como la limitación de la libertad de movimiento de los trabajadores, la retención de los salarios o de los documentos de identidad, la violencia física o sexual, las amenazas e intimidaciones, o deudas fraudulentas de las cuales los trabajadores no pueden escapar.

¿Pero qué es el trabajo forzoso?

Según el Convenio sobre el trabajo forzoso de la Organización Internacional del Trabajo (OIT 1930, nº29)[1]. El trabajo forzoso u obligatorio designa “Todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente”.

La OIT nos ofrece datos recopilados en 2021 de las estimaciones mundiales sobre la esclavitud moderna, trabajo forzoso y matrimonio forzoso[2]. Según este informe, 49,6 millones de personas vivían en condiciones de esclavitud, de ellas 27,6 millones sufrían trabajo forzoso y 22 millones matrimonio forzoso.

De los 27,6 millones de personas realizando trabajo forzoso, 17,3 millones eran explotados en el sector privado, mientras que 3,9 millones realizaron trabajo forzoso impuesto por el Estado.

De todas estas cifras, 4,9 millones son mujeres y niñas en situación de explotación sexual comercial forzosa, así como de trabajo forzoso en otros sectores de la economía.

El 12% de las personas en situación de trabajo forzoso son niños (más de la mitad en explotación sexual), siendo la región de Asia-Pacífico la que mayor número de personas en situación de trabajo forzoso contabilizan (15,1 millones) y los Estados Árabes los que presentan mayor prevalencia (5,3 por cada mil personas).

¿Cómo se llega a esta situación?

En general se llega a través de la trata de seres humanos. La sufren sobre todo mujeres y niños, pero también cualquier persona en situación de vulnerabilidad, que va buscando la subsistencia, una vida mejor, huir de persecución y conflictos armados, etc. Sus condiciones físicas y/o económicas suelen ser precarias y están acostumbradas a la discriminación y no oponen resistencia.

Entendemos por trata[3] «la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. La explotación incluye como mínimo, la derivada de la prostitución y de otras formas de explotación sexual incluida la pornografía, trabajos o servicios forzosos, la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, la servidumbre o la mendicidad, las actividades delictivas y la extracción de órganos corporales».

La Trata de Seres Humanos constituye una violación grave de la dignidad, la libertad de la persona, y es una forma de delincuencia grave.

¿Dónde encontramos este tipo de explotación?

Las personas que son reclutadas para el comercio sexual las podemos encontrar en lugares como bares, clubes, casas de producción de pornografía, salones de masajes, agencias de chicas de compañía o en la calle.

En cuanto a la explotación laboral es usual encontrarlas en trabajos de agricultura, construcción, fábricas y talleres de confección, servicio doméstico o en los negocios de tráfico de drogas o de armas.

Pero no son situaciones separadas, en muchos casos los dos tipos de explotación van unidos, de hecho, al ser situaciones al margen de la ley, dejan a las personas explotadas a merced del capricho de los explotadores, que pueden someter a horarios y condiciones laborales abusivos a las personas explotadas, así como a abusos y comercio sexual.

Los procesos migratorios colocan a las personas en situación de vulnerabilidad, fundamentalmente por la mala regulación de los procesos migratorios, que propician la incapacidad y la desinformación de las personas migrantes para reclamar sus derechos y denunciar abusos.

Desde Amnistía Internacional estamos señalando constantemente la necesidad de regular los procesos migratorios para evitar en lo posible este estado de indefensión que se crea[4].

¿Qué circunstancias nos encontramos en las víctimas de la trata?

Lo primero que se hace con estas personas es retenerles sus documentos de identidad (pasaportes, visados, etc.), impedir que manejen dinero como forma de controlar todos sus movimientos, además de someterlas a un endeudamiento constante (las transportan, pero les cobran cantidades exorbitantes por el viaje, comida, alojamientos, etc.) que les impide liberarse de la deuda y, por consiguiente, del explotador. También son vigiladas para que no mantengan relaciones de confianza con el entorno (para que no puedan denunciar)[5].

¿Qué hacen o pueden hacer los Estados para detener esta lacra?

En cuanto a legislaciones, los países intentan poner freno a través de la prohibición de la venta de bienes sin garantía en su fabricación.

Se ha hecho una Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se prohíben en el mercado de la Unión los productos realizados con trabajo forzoso[6].

En Estados Unidos, algunas denuncias han logrado que se legisle para impedir el comercio de artículos provenientes de la región de Uigur en Xingjian (China) en donde muchos ciudadanos chinos (generalmente pertenecientes a etnias minoritarias) son sometidos a condenas extrajudiciales o en centros de detención oficiales a trabajos forzosos[7].

Bajo el auspicio de la ONU, la OIT dicta normas de actuación para erradicar el trabajo forzoso[8].

Además, desde 1957, el Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso adoptado por la OIT prohíbe el trabajo forzoso impuesto por las autoridades estatales. Lo prohíbe como castigo por la expresión de opiniones políticas, con fines de fomento económico, por la participación en huelgas y como medida de discriminación racial, religiosa o de otro tipo[9].

Es muy importante también que existan canales seguros para los procesos migratorios, que impidan o dificulten al máximo el comercio de seres humanos y en las fronteras que se desarrollen medidas que protejan a las víctimas que se puedan captar, garantizándoles el acceso a la justicia y asistiéndoles psicológica y materialmente[10].

Imagen: Arthur Halucha en Pixabay

EQUIPO DE COMUNICACIÓN AMNISTÍA INTERNACIONAL COMUNIDAD VALENCIANA

Maite Redondo Giménez

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[1]https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:C029

[2] https://www.ilo.org/global/topics/forced-labour/lang–es/index.htm

[3] https://www.policia.es/_es/colabora_trata#

[4] https://blogs.es.amnesty.org/comunidad-valenciana/2023/04/22/la-trata-la-forma-mas-terrible-de-violencia-sexual/

[5] https://www.policia.es/_es/colabora_trata

[6] https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52022PC0453

[7] https://www.congress.gov/bill/117th-congress/house-bill/1155/text

[8] https://www.ilo.org/global/topics/forced-labour/lang–es/index.htm

[9]https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/@ed_norm/@declaration/documents/publication/wcms_534399.pdf

[10] https://blogs.es.amnesty.org/comunidad-valenciana/2023/04/22/la-trata-la-forma-mas-terrible-de-violencia-sexual/