¿POR QUÉ SE TIENEN QUE DEFENDER LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MIGRANTES?
En septiembre se llevó a cabo en Elche una Mesa Redonda sobre Derechos Humanos de las personas LGTBIQ+, en concreto sobre los de los migrantes[1] que hoy ampliamos con motivo del informe de Amnistía Internacional sobre los CIEs (Centros de Internamiento de Extranjeros) y la conmemoración de la firma de la Declaración Universal de los […]
En septiembre se llevó a cabo en Elche una Mesa Redonda sobre Derechos Humanos de las personas LGTBIQ+, en concreto sobre los de los migrantes[1] que hoy ampliamos con motivo del informe de Amnistía Internacional sobre los CIEs (Centros de Internamiento de Extranjeros) y la conmemoración de la firma de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
También en el mes de enero Amnistía Internacional, como viene haciéndolo todos los años, lanzará una acción simbólica como es el “Encendido de Torres por los derechos de las personas migrantes y refugiadas”[2]. Más cercano tenemos el día 18 de diciembre, el Día Internacional de las Personas Migrantes, en el que se celebran las contribuciones al desarrollo de los países de todas las personas migrantes.
Y ¿por qué se tienen que defender los derechos de las personas migrantes?
Durante toda la historia, los seres humanos han recorrido grandes distancias, viajando de mil maneras distintas para asentarse en tierras muchas veces lejanas, para convivir con otros semejantes con hábitos y culturas diferentes, en busca de mejor vida o huyendo de penalidades y sufrimientos.
Ya las civilizaciones griega y romana expandieron su poder por el mundo y provocaron grandes migraciones. Entre los siglos XVI y XIX, al menos unos 12 millones de africanos fueron esclavizados y llevados a América y Europa a través de la trata de esclavos.
Tras la Segunda Guerra Mundial, cientos de miles de supervivientes del Holocausto y otras gentes emigraron a Europa occidental, el territorio del Mandato Británico de Palestina (que luego sería Israel) y Estados Unidos.
Pero, a medida que el mundo evoluciona y las diferencias entre los pueblos se van acentuando, los pueblos más prósperos se cierran y buscan formas de frenar la llegada de personas foráneas. En este siglo las migraciones continúan, provocadas por el hambre, los desastres naturales, los conflictos y las violaciones de los Derechos Humanos.
Según la ONU, en 2019 doscientos setenta y dos millones de personas vivían fuera de su país de origen. En el futuro, el cambio climático podría provocar muchos más desplazamientos masivos[3].
Tenemos que distinguir fundamentalmente entre migrantes, refugiados y solicitantes de asilo. Y ¿qué diferencia a estos tipos de migración?
REFUGIADA
Es la persona que ha tenido que huir de su propio país porque allí corre peligro de sufrir violaciones graves de derechos humanos y persecución. Son tan grandes los riesgos para su seguridad y su vida que no le queda más opción que marcharse y buscar seguridad fuera de su país porque el gobierno de su país no puede o no quiere (o es el principal perseguidor) protegerlo de esos peligros. Las personas refugiadas tienen derecho a recibir protección internacional.
SOLICITANTE DE ASILO
Una persona solicitante de asilo es alguien que ha salido de su país y busca en su destino protección frente a la persecución y las violaciones graves de derechos humanos, pero que aún no ha sido reconocida legalmente como refugiada porque está en espera de que se tome una decisión sobre su petición de asilo. La petición de asilo es un derecho humano, por ello se debe permitir a cualquier persona entrar en otro país para solicitar asilo.
MIGRANTE
Este término engloba a todo tipo de persona que deja su hogar para ir a otro país. Pero no es ni refugiada ni solicitante de asilo. En ocasiones, el motivo de migrar es la búsqueda de trabajo, estudiar, reunirse con su familia que ya está en el destino, o se huye de la inestabilidad política, la violencia de bandas criminales o los desastres naturales que está provocando el cambio climático. Aunque esta persona no cumpla las condiciones para considerarse refugiada, podría correr peligro su vida si no sale de su país o si volviera a él[4].
Hoy, en toda Europa (y, en general, en los países más prósperos) los discursos políticos están impregnados en muchas ocasiones de consignas racistas y xenófobas que pretenden una vuelta a una Europa de fronteras. No obstante, no debemos olvidar que las migraciones han supuesto y deben suponer ocasiones privilegiadas para el avance de la fraternidad universal, además de contribuir al crecimiento y riqueza de los países ricos.
La modernidad abrió las puertas a un mundo que cada vez camina con mayor velocidad hacia un proceso creciente de globalidad, puertas que no deben cerrarse, sea cual sea la nacionalidad, la religión, la lengua, el origen o el destino de aquellos que dejaron su lugar seguro, para ser, por siempre, señalados como “migrantes”.
En un reciente informe sobre los CIES (Centros de Internamiento para Extranjeros) en España, Amnistía Internacional denuncia que la privación de libertad de personas migrantes en situación irregular se produce de forma opaca, sin datos que la justifiquen y con procedimientos automáticos (la policía realiza la detención, solicita el internamiento y el juez de instrucción lo lleva a cabo siguiendo el criterio policial, sin considerar otro tipo de alternativas no privativas de libertad).
Amnistía Internacional ha comprobado que faltan datos en relación a las expulsiones de personas que pasan por los CIE: nacionalidad, controles de identidad y aplicación de medidas alternativas a la detención que aseguren un cumplimiento correcto de España de sus obligaciones en cuestión de rendición de cuentas.
España no aplica, ni en la legislación ni en la práctica las salvaguardas suficientes para impedir que se produzcan detenciones arbitrarias de las personas migrantes en situación irregular. Aunque modificó el artículo 16 de la LOSC (Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana, conocida como Ley Mordaza) referido a la identificación de personas en la vía pública por parte de las FCSE para que se observe el principio de igualdad de trato y no discriminación, sigue existiendo un amplio margen de discrecionalidad para los agentes que continúan llevando a cabo redadas por perfil racial, claramente discriminatorias contra las personas racializadas.
Por ello Amnistía Internacional reclama que se modifique la Ley de Extranjería para que la medida de internamiento de personas migrantes por motivos migratorios sea una medida de último recurso, después de haber estudiado individualmente cada caso.
También pide reformar la Ley Mordaza para prohibir expresamente las redadas de perfil racial, que son discriminatorias y fomentan el racismo, y se están normalizando en España.
Y finalmente pide que el Gobierno acabe con el secretismo y la falta de transparencia, garantizando el acceso a la información sobre las personas extranjeras que se encuentran privadas de libertad den los CIE sin restricciones.
Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España señala que “La libertad incondicional debe ser siempre el punto de partida, pero hemos visto como España prefiere usar la excusa del control migratorio para tratar a las personas migrantes como criminales”[5].
El Pacto Europeo de Migración y Asilo supone un retroceso en la construcción de una política migratoria basada en el respeto a los derechos humanos para las personas que llegan a nuestras fronteras huyendo de conflictos, persecución y otros motivos, incluyendo la inseguridad económica. Eve Geddie, directora de la Oficina de Amnistía Internacional ante las Instituciones Europeas afirmó:
“Este acuerdo hará retroceder durante decenios el derecho de asilo europeo. Su resultado probable es un aumento del sufrimiento en cada paso del viaje de quienes busquen asilo en la UE. Desde la forma en que los países no pertenecientes a la UE traten a estas personas, el acceso de éstas al asilo y al apoyo jurídico en la frontera europea, hasta su recepción dentro de la UE, este acuerdo está concebido para dificultar el acceso de las personas a la seguridad”[6].
MUJERES Y MIGRACIÓN
Si las personas migrantes por este hecho son vulnerables, si además son mujeres, su vulnerabilidad aumenta exponencialmente. Según la ONU, al menos una de cada 5 mujeres refugiadas o desplazadas han sido víctimas de violencia sexual (datos de 2019).
Un factor importante que provoca la migración de las mujeres y las niñas es la expectativa en relación con el género, ya que las familias podrían enviar a sus hijas al exterior, y no a sus hijos, si consideran que es más probable que ellas envíen remesas a sus hogares. De hecho, según el informe de la ONU, las mujeres representan el 73,4% de todos los trabajadores domésticos que son migrantes internacionales[7].
También las altas tasas de violencia sexual y discriminación por razón de género, el matrimonio infantil, precoz y forzado, la violencia y el acceso desigual a los derechos y recursos son motivos determinantes por los que las mujeres, adolescentes y niñas migran. Además de todo esto su camino en el proceso de migración las expone a sufrir obstáculos que están profundamente marcados por el género, es decir, suelen tener los mismos problemas que los hombres migrantes además de sufrir los riesgos de violencia, trata y tráfico de personas, secuestros abusos sexuales y discriminación[8].
Por todas estas razones, Amnistía Internacional conmemora estas fechas que significan una puesta en valor de los Derechos Humanos e iluminan la esperanza de un futuro mejor en la convivencia de los seres humanos.
ÁREA DE COMUNICACIÓN AMNISTÍA INTERNACIONAL COMUNIDAD VALENCIANA
Maite Redondo Jiménez
Amnistía Internacional Elche
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[1] https://youtu.be/33wOnfYUnks?si=cYwMKnTXwRmUKGk6
[2] https://blogs.es.amnesty.org/andalucia/2024/01/10/encendido-torres-mediterraneo/
[3] https://www.nationalgeographic.es/historia/la-migracion-humana-consecuencia-de-guerras-desastres-y-ahora-del-clima
[4] https://www.amnesty.org/es/what-we-do/refugees-asylum-seekers-and-migrants/
[5] Informe Amnistía CIES 20 nov
[6] https://www.amnesty.org/es/latest/news/2023/12/eu-migration-pact-agreement-will-lead-to-a-surge-in-suffering/
[7] https://www.refworld.org.es/pdfid/5cf6ad854.pdf
[8] https://www.amnistia.org/es/blog/2021/12/migracion-con-enfoque-de-genero/