Comunidad Valenciana
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ANTE LA MORDAZA NO PODEMOS QUEDARNOS CALLADOS Con la puesta en marcha de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana[1], LOSC, (aprobada por el gobierno de Rajoy en 2015), se ha dado un gran paso atrás en la garantía de los derechos humanos. Se han producido varias elecciones […]

ANTE LA MORDAZA NO PODEMOS QUEDARNOS CALLADOS

Con la puesta en marcha de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana[1], LOSC, (aprobada por el gobierno de Rajoy en 2015), se ha dado un gran paso atrás en la garantía de los derechos humanos. Se han producido varias elecciones y en todas ellas con la promesa de derogar o al menos eliminar los aspectos más lesivos de esa ley. No sólo no se ha hecho, sino que ha sido una herramienta fundamental para el Ministerio del Interior a la hora de controlar y sancionar a los que supuestamente violaban la orden del confinamiento durante la crisis sanitaria.

El estado de alarma ha confirmado la arbitrariedad de las fuerzas de seguridad para llevar a cabo su función con un enfoque principalmente coercitivo y sin criterios claros de actuación, especialmente en el trato con grupos vulnerables y con necesidades específicas.

Amnistía Internacional ha documentado 61 casos de personas que han sufrido violaciones y abusos contra los derechos humanos durante el estado de alarma en cinco situaciones diferentes:

  • Personas en situación de pobreza
  • Arbitrariedad policial
  • Obstaculización del trabajo periodístico
  • Uso desproporcionado de la fuerza por parte de la policía incluso con tintes racistas
  • Registros de domicilios sin orden judicial

Uno de los aspectos que criticó AI fue el aumento del poder discrecional que la LOSC otorga a los miembros de los cuerpos policiales para valorar qué conductas pueden considerarse desobediencia, falta de respeto o resistencia a la autoridad. Ello facilita comportamientos abusivos y arbitrarios1.

AI denuncia que el texto haya introducido nuevas sanciones a formas legítimas de protesta y libertad de expresión e información. También Naciones Unidas a través de sus mecanismos de derechos humanos mostraron preocupación por esta reforma[2] (“Dos proyectos de reforma legal socavan los derechos de manifestación y expresión en España”, afirmando que el texto del proyecto de ley incluye definiciones amplias o ambiguas que abren el campo a una aplicación desproporcionada o discrecional de la ley por parte de las autoridades).

Así pues, la presidenta de AI Comunidad Valenciana, Consuelo Vives Romaní, ha dirigido el 8 de julio una carta a la Delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Gloria Calero Albal, y con motivo del 5º aniversario de la entrada en vigor de la citada ley conocida como “Ley Mordaza”, en la que le adjunta un briefing publicado el 30 de junio, “Violaciones de derechos humanos durante el estado de alarma”[3], y en la que solicita:

1. Que investiguen las denuncias y situaciones de abusos y violaciones de derechos humanos atribuidas a miembros de las fuerzas de seguridad.

2. Que incorporen mecanismos independientes de investigación y garantías efectivas de supervisión y de rendición de cuentasde la actividad policial para evitar el uso excesivo de la fuerza o actuaciones arbitrarias de todos los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Estos mecanismos de rendición de cuentas ya existen en otros países de nuestro entorno como Bélgica, Reino Unido, Irlanda o Noruega.

3. Que elaboren un informe que evalúe la actuación de las fuerzas de seguridad durante el Estado de Alarma, en especial sobre grupos vulnerables.

Además, la organización pide a las autoridades autonómicas que se dirijan al Gobierno central para pedir que:

4. Se lleve a cabo una reforma urgente de la “Ley Mordaza” para garantizar el pleno disfrute de los derechos a la libertad de expresión, reunión, manifestación y acceso a la información para toda la ciudadanía.

Amnistía recomienda con el informe a las autoridades del país que investiguen los diferentes casos de abusos y violaciones de derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad y que se establezcan, como en otros países europeos, mecanismos independientes de investigación que evalúen la actuación de las fuerzas de seguridad, así como que se lleve a cabo la reforma urgente de la LOSC.

 EQUIPO MEDIOS AMNISTÍA INTERNACIONAL COMUNIDAD VALENCIANA

M.Redondo y E.Sopeña


[1] https://boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-3442-consolidado.pdf

[2]http://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=15597&LangID=S

[3]https://www.es.amnesty.org/fileadmin/user_upload/Violaciones_ddhh_estado_de_alarma_junio_2020.pdf