Juicio a 8 activistas de la PAH Guadalajara: Una causa penal que criminaliza el ejercicio del derecho a la protesta pacífica y que no debería de haberse producido
Preocupación por el juicio a ocho activistas antidesahucios de Guadalajara, conocidos como los 8 de Caixabank, que se enfrentan a penas de privación de libertad por los delitos de resistencia y desobediencia y de coacciones, pese a la naturaleza totalmente pacífica de su acción de desobediencia civil.
Amnistía Internacional asistirá como observadora al juicio
Los próximos días 10 y 12 de febrero está previsto que tenga lugar el juicio contra los 8 activistas de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) de Guadalajara por su acción de protesta de diciembre de 2017 en una sucursal de Caixabank, en Cabanillas del Campo. El juicio tendrá lugar más de 7 años después de sucedidos los hechos.
La Fiscalía pide para cada activista de la PAH Guadalajara 10 meses de prisión por un delito de resistencia/desobediencia, y una multa de 600€ por el delito de allanamiento. La acusación particular ejercida por Caixabank pide para cada activista dos años y medio de prisión por coacciones y ocho meses de prisión por resistencia a la autoridad, así como multa de 3.000€ por ocupación de su sucursal y de 600€ por allanamiento. En total, cada activista se enfrenta a una pena de prisión de tres años y dos meses, y 3.600€ de multa (que, en caso de impago, puede sumar tiempo de prisión).
Amnistía Internacional ha instado a la Fiscalía a que desista de la acusación por delito de resistencia y desobediencia grave contra estas ocho personas, y la organización se ha dirigido también a CaixaBank S.A. para que retire la acusación por coacciones, resistencia y ocupación, por constituir todos estos cargos una restricción excesiva y desproporcionada en el ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica de las activistas.
El delito de coacciones exige que, a través de la violencia o la intimidación, se afecte a la libertad de actuación de una persona, pero a ninguno de los ocho activistas se les atribuye acciones violentas o intimidatorias. Asimismo, el delito de resistencia a la autoridad requiere un umbral mínimo de gravedad, que la jurisprudencia del Tribunal Supremo identifica con forcejear y golpear a agentes policiales. En este caso, la naturaleza pacífica de la actuación ha sido confirmada por los agentes de la Guardia Civil en sus declaraciones en fase de instrucción.
Con respecto al delito de ocupación de sedes jurídicas, Amnistía Internacional mostró preocupación ante su incorporación al Código Penal en 2015 y por el hecho de que no fuese eliminado con la reforma de diciembre de 2022. Este delito permite sancionar hechos realizados sin violencia y sin intimidación, si se produce “una perturbación relevante de la actividad normal” de la entidad. La excesiva amplitud en la definición de este delito puede interferir con el ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica, dada la gran variedad de acciones de protesta que pueden tener impacto sobre la actividad normal de una entidad y terminar siendo objeto de persecución penal. A este respecto, el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha señalado la necesidad de que tanto las autoridades como las entidades privadas y la sociedad en general acepten cierto grado de perturbación como consecuencia del ejercicio del derecho de reunión pacífica.
Un caso que ejemplifica la criminalización de la protesta
Amnistía Internacional alertó en 2015 del impacto que el endurecimiento y la ampliación de los delitos contra el orden público podría conllevar limitaciones adicionales indebidas en el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión y de reunión pacífica. En su informe “Derecho a la protesta en España: Siete años, siete mordazas que restringen y debilitan el derecho a la protesta pacífica en España” documentó el caso de los “8 de la PAH de Guadalajara” como ejemplo una legislación que no cumplen con los estándares internacionales de libertad de reunión pacífica o de expresión y su interpretación y aplicación por parte de la administración y de los tribunales, dando lugar a la criminalización de manifestantes pacíficos y de movimientos sociales.
El 5 de diciembre de 2017, miembros de la PAH Guadalajara accedieron a una sucursal de Caixabank para intentar negociar con la entidad bancaria la suspensión de un desahucio que estaba previsto para unas semanas después. La vivienda, vacía, situada en Cabanillas del Campo, había sido ocupada por una familia monomarental en situación de vulnerabilidad; por Paola y sus dos hijas pequeñas. Hasta otras 20 familias recurrieron a viviendas vacías en esa zona.
Esta acción tuvo lugar tras reiteradas conversaciones con el ayuntamiento de Cabanillas del Campo y con Caixabank, la cual, explican miembros de la PAH Guadalajara, se había comprometido verbalmente a no llevar a cabo los desahucios, e incluso propuso entregar las viviendas al ayuntamiento para su gestión. Cuando estos intentos de negociación fracasaron, la PAH emprendió una campaña para intentar retrasar la celebración del juicio de desahucio contra Paola, que se había fijado en diciembre de 2017, y poder continuar con las negociaciones. Fue con este objetivo que miembros de la PAH accedieron a la oficina de Caixabank en Cabanillas del Campo el 5 de diciembre.
Información adicional
La protesta pacífica es un derecho, no un privilegio, que los Estados tienen el deber de respetar, proteger y facilitar. Sin embargo, está cada vez más amenazado. En el caso de España, la Comisaria de Derechos Humanos del Consejo de Europa señaló en su última visita cómo la aplicación de la Ley Mordaza y de algunos artículos del Código Penal continúan teniendo un impacto negativo sobre el ejercicio de los derechos a la libertad de reunión y de expresión, especialmente sobre defensores de derechos humanos y periodistas, generando un efecto desmovilizador en la ciudadanía, una preocupación compartida por Amnistía Internacional.