Amnistía Internacional preocupada por la adquisición de armas táser en el Ayuntamiento de Toledo
• La organización ha enviado una carta a Carlos Velázquez Romo, alcalde de Toledo, en la que pregunta por la formación de los agentes sobre el uso de armas táser, los protocolos de uso y los mecanismos de evaluación y rendición de cuentas
• AI recuerda que las armas táser no son una herramienta ordinaria de la labor policial, y deben utilizarse solamente para evitar el uso de un arma de fuego; es decir, únicamente ante situaciones de amenaza para la vida o riesgo de lesiones graves
En una carta, fechada el 31 de mayo y dirigida al alcalde de Toledo, Carlos Vázquez Romo, Amnistía Internacional Castilla-La Mancha recuerda que las armas táser pueden causar graves daños o incluso la muerte.
El riesgo de causar graves daños se incrementa si son utilizadas contra personas especialmente vulnerables a los efectos nocivos de un arma táser, como mujeres embarazadas, personas de edad avanzada, o personas con cardiopatías; o también debido al consumo de drogas, a la medicación que toman o han omitido tomar, o personas que se encuentran en un estado de agitación o sufriendo una crisis de salud mental. Los agentes de policía deben ser conscientes de que muchas veces es muy difícil detectar estas condiciones de vulnerabilidad, y en todo caso el uso de armas táser debe restringirse a aquellas situaciones de amenaza para la vida o de lesiones graves para el agente o terceras personas; riesgo que no pueda contenerse por medios menos extremos y como último recurso, evitando los medios más letales, como las armas de fuego.
Aunque Amnistía Internacional no se opone a que este tipo de armas de electrochoque puedan formar parte de los equipos de algunos cuerpos policiales, debido a las consecuencias que tiene el empleo de las mismas, la organización sí tiene algunas preocupaciones con relación a su uso y el respeto a los derechos humanos. Deben establecerse prohibiciones claras sobre las situaciones en las que no pueden utilizarse estas armas de proyectiles paralizantes: en presencia de productos inflamables; cuando la persona ha sido sometida a sustancias químicas irritantes (sustancias que pueden incluir componentes inflamables); o si sólo ofrece resistencia pasiva, ya está bajo control y en ningún caso como debe usarse como medio de castigo. También tiene que establecerse la prohibición de disparar a determinadas zonas del cuerpo: la cabeza, el cuello, la médula espinal, la zona inguinal o cerca del corazón. El modo de uso “drive-stun” o modo aturdimiento, que consiste en aplicar la pistola directamente sobre la piel del sujeto, debe estar prohibido debido al riesgo inaceptable de tortura y malos tratos que conlleva, ya que inflige un dolor extremo.
Por otro lado, la incorporación de este armamento debe responder a a una necesidad operativa real, previo análisis para su identificación y confirmación de que no existen otras medidas para sortear la laguna operativa identificada. El Ayuntamiento de Toledo explica en su página web que la adquisición de las armas táser tiene por objetivo “inmovilizar, detener o retener a un individuo o individuos en actitud violenta”, y que dicho armamento es necesario porque “desde el año 2020 han aumentado considerablemente las ocasiones en las que los policías no pueden hacer frente a alguna situación peligrosa simplemente con fuerza física”.
En este sentido, Amnistía Internacional es de la opinión de que las armas de electrochoque no deberían utilizarse para el día a día de la actividad policial,sino sólo por las unidades que probablemente deban hacer frente a amenazas de muerte o lesiones graves que también justificarían el uso de un arma de fuego. El uso de las armas eléctricas debe cumplir los umbrales de proporcionalidad, necesidad y legalidad, y no deben emplearse ni en manifestaciones o concentraciones ni únicamente para hacer cumplir una orden o efectuar una detención.
Igualmente, debido al riesgo que conllevan, Amnistía Internacional considera que desde el Ayuntamiento deben elaborarse protocolos públicos de uso de este tipo de armas, garantizar que los agentes policiales que vayan a utilizarlas estén debidamente formados en el uso y en los riesgos que tienen, así como en las precauciones que deben tomarse para evitar dichos riesgos. Asimismo, debe garantizarse el establecimiento de mecanismos de rendición de cuentas tanto a nivel interno (como la elaboración periódica de informes públicos sobre los incidentes en las que hayan sido utilizadas) como a nivel externo.
Es igualmente necesario acompañar la introducción de este armamento con medidas menos lesivas para abordar las situaciones y así evitar lo máximo posible recurrir al táser, de tal manera que efectivamente sea un último recurso. En el caso concreto de personas que sufren una crisis de salud mental, esto implica incorporar otras formas de respuesta tales como protocolos de intervención en caso de crisis, y la implicación del personal médico con formación.
En su carta al alcalde, Amnistía Internacional pidió aclarar la siguiente información:
- Confirmación de las unidades de este tipo de armas finalmente adquiridas, marca y modelo de las mismas.
- Unidades policiales que van a tener este tipo de armamento como equipamiento.
- Contenido de la formación previa sobre su uso a los agentes, duración de dicha formación y quién la proporciona.
- Si existen o se están elaborando protocolos de uso y si son públicos; si es así agradeceríamos se nos facilitase acceso a los mismos.
- Los mecanismos previstos para evaluar el uso de este tipo de armas, y para garantizar una correcta rendición de cuentas tras su uso.
A fecha de hoy, la organización no ha recibido respuesta del Ayuntamiento.
Anteriormente, Amnistía Internacional se ha dirigido a los gobiernos municipales de Guadalajara, Albacete, Ciudad Real, Alcázar de San Juan (Ciudad Real), Seseña, Talavera de la Reina y Fuensalida (Toledo), para solicitar información similar sobre las armas táser adquiridas para sus policías municipales.